“El
Comité nacional de esta Federación Española de Trabajadores de la Tierra acordó
elevar a ese ministerio las siguientes conclusiones: Aplicación del laboreo
forzoso, suprimiendo los trámites burocráticos. Aplicación íntegra e inmediata
a la Reforma Agraria. Queremos explicar las razones que justifican la urgencia
de las demandas solicitadas: El laboreo forzoso puede ser, aunque no ha sido,
un medio útil de acrecentar y mejorar la riqueza agrícola, y de combatir
eficazmente el paro en el campo. Los largos y pesados trámites burocráticos
inutilizaron esta ley, como tantas otras dictadas con la mejor intención... En
cuanto a la Reforma Agraria, es tan lenta su aplicación, que cuanto dijéramos
es poco para expresar el disgusto nuestro y de los campesinos... pensamos que
el Instituto posee recursos y tierras sobradas para efectuar un sinfín de
asentamientos... No es extraño, pues, que el campesino vaya perdiendo
completamente la fe en la Reforma, y que a impulsos de la necesidad y de la
falta de trabajo sueñe con apoderarse violentamente de unas tierras que la
República le prometió, pero que hasta hoy no supo darle por los cauces de la
ley. No creemos que convenga al país el mantenimiento de esta situación
peligrosa y precaria, y, en consecuencia: Solicitamos respetuosamente de V.E.
que se aplique el laboreo forzoso, suprimiendo los trámites burocráticos, y que
se dé tierra a los campesinos, aplicando integral e inmediatamente la Reforma
Agraria.
Madrid 6 de marzo de
1934.”
Nos encontramos ante
un texto clasificado como histórico, ya que se trata de una fuente primaria,
escrita por la Federación Española de Trabajadores de la Tierra, el 6 de marzo
del año 1934. Este sindicato, vinculado a la Unión General de Trabajadores
(UGT) obtuvo una gran importancia durante la segunda República.
La intención principal
del texto es la de solicitar la aplicación de la Reforma Agraria, queriendo
explicar cómo de beneficiosa sería esta para el país. Para ello, el texto se
centra en dos ideas secundarias: el laboreo forzoso y la Reforma Agraria.
Según este texto, el laboreo forzoso, que obliga a los
propietarios a seguir cultivando las fincas, podría llegar a incrementar la
riqueza agrícola y acabar con el paro en el campo, siendo así, una ley creada
con un buen fin (aunque esta fuera finalmente invalidada).
Respecto a la Reforma
Agraria, que debería haber concedido a más de dos millones de jornaleros una
finca, funciona con lentitud, indignando no sólo a los campesinos, sino también
al autor del texto, que expresa en él su disgusto. Esta Reforma Agraria,
apoyada por un gran número de jornaleros y criticada por aquellos
terratenientes que se negaban a perder sus fincas, fue aprobada en 1932, tras
el fracaso de la Sanjurjada (intento de golpe de estado militar en Sevilla por
parte del general Sanjurjo, secundado por los terratenientes que se oponían a
la Reforma). Sin embargo, durante el bienio radical-cedista (1934-1935),
Lerroux, apoyado por la CEDA, inició una política en la que modificaría las
reformas aplicadas en el anterior bienio, entre ellas, la Reforma Agraria. Ésta
fue paralizada, suprimiendo a su vez aquellas tierras que habían sido ocupadas
por miles de jornaleros.
El texto concluye con
la solicitud de aplicación de estas dos ideas anteriores (el laboreo forzoso y
la Reforma Agraria), para poder proporcionar tierras a los campesinos y
eliminar los trámites burocráticos.
Un año después, tras
las elecciones de 1936, el Frente Popular (formado por los partidos republicanos
y presidido por Azaña), que consiguiría la victoria, pontenciaría de nuevo la
Reforma Agraria.
Rosa Guijarro
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